Auto del gobernador de Buenos Aires, Bru no Mauricio de Zavala, ordenando levantar declaraciones re ferentes a la carestía en la ciudad del alquitrán y de otros géneros.
Auto del Gobernador y Capitán General del Río de la Plata, Miguel de Salcedo, exhortando a Juan Pérez de Ariex y Terán a presentarse, a fin de dar cumplimiento a la providencia que exige que las personas casadas en España y que se encuentran en esta provincia se restituyan a sus hogares. Firma: José de Esquivel (Escribano público).
Bando del Alcalde Mayor de Asunción, 3 Luis Osorio, ordenando a Sebastián de León que acuda con fuerzas a proteger a indios leales de las amenazas de los que se han rebelado.
Bando del Gobernador Hernandarias, disponiendo que quienes ejerzan la tutoría de menores rindan cuenta de su gestión. Firmas: Hernandarias; Manuel Martínez -secretario de gobierno-.
Bando del Gobernador y Capitán General del Río de la Plata, don Juan de Garay (por el licenciado Juan de Torres de Vera), prohibiendo que los mancebos hijos de la tierra quiten las canoas a los indios.
Bando del Teniente de Gobernador de Asunción Adame de Olaberriaga, prohibiendo toda destrucción en los cañaverales. Conmina además, a toda persona que tuviere telares de tejer juncos a traerlos a la ciudad para que sean visitados por los diputados de cabildo. Firmas: Olaberriaga y Luis Márquez de Molina -escribano de gobierno-
Bando del Teniente de Gobernador de Asunción, Adame de Olaberriaga, por el que prohíbe a los vecinos amparen a los indios guaycurúes por sospecharse que han dado muerte a un mancebo. Pregonero: Juan López Moreno. Testigos: Francisco de Espíndola y Rodrigo Gómez. Firmas: Adame de Olaberriaga; Luis Márques de Molina —escribano de gobernación.